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El MH anuncia la nueva versión 4.4 de los comprobantes electrónicos.

El Ministerio de Hacienda (MH) de Costa Rica, ha publicado un proyecto normativo denominado “Resolución General sobre las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos para efectos tributarios”, con el cual se anuncia de forma oficial la nueva versión 4.4 del “Anexo y Estructuras” para comprobantes electrónicos.

¿Qué comprobantes se verán afectados?

La nueva versión, actualmente en consulta, contempla aproximadamente 150 cambios al esquema XML, y afectará a todos los comprobantes electrónicos, incluyendo al nuevo “Recibo Electrónico de Pagos”, también encontrado en el Anexo como  “REP”.

¿Qué ocurrirá con la actual versión 4.3 una vez entrada en vigencia la versión 4.4?

La nueva versión reemplazará a la actual versión 4.3. la cual dejará de estar vigente. Por el momento no ha fijado un periodo de convivencia entre ambas versiones.

¿Qué ocurrirá con el nuevo comprobante electrónico de pagos?

La nueva versión 4.4 contempla un esquema xsd (pendientes de publicar), así como también, las reglas y validaciones que serán aplicables a este nuevo comprobante.

Contribuyentes del sector farmaceútico

Conforme a los señalado en el “Transitorio II”, se dispone que: “Hasta tanto se implemente la versión 4.4 de los Anexos y Estructuras; los obligados tributarios del sector farmacéutico deberán implementar la versión 4.3, los campos denominados “Registro de medicamento” y “Forma farmacéutica””. Esto, a contar del próximo 1 de diciembre de 2024.

¿Qué cambios podemos esparar a nivel técnico?

Se suspende la fecha de la entrada en vigor de uso del Código de Respuesta Rápida (QR) de la representación gráfica, hasta nuevo aviso. Conforme a lo señalado por el borrador, su entrada en vigencia será informada en un futuro por los medios oficiales del Ministerio de Hacienda (MH).

¿Cómo puede accederse a este Proyecto?

La consulta pública se realizará a partir del 18 de septiembre y se extenderá hasta el 02 de octubre de 2024, inclusive. Los comentarios y/o observaciones al Proyecto podrán ser enviados a: tributacionInter@hacienda.go.cr .

¿Desde cuándo regirá?

Este proyecto regirá desde el momento de su publicación. Más, las disposiciones técnicas del Anexo y Estructuras versión 4.4, comenzarán a regir dentro de seis (6) meses contados desde su publicación en la Gaceta Oficial. 

¿Qué normas quedarán derogadas una vez entrada en vigencia esta normativa?

Las resoluciones DGT-R-12-2018, del 19 de febrero de 2018, también conocida como: “Obligatoriedad general para el uso de los comprobantes electrónicos”; la DGT-R-39-2018 del 16 de agosto de 2018 o “Reforma Obligatoriedad general para el uso de los comprobantes electrónicos”, y la DGT-R-033-2019 del 20 de junio de 2019 denominada “Resolución general sobre las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos” dejarán de estar vigentes.

 

Si tiene alguna consulta relacionada con el comunicado que acaba de recibir, por favor escríbanos a info@arcavi.net.

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